Aportes de la salud mental a las prácticas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en contextos judiciales y proteccionales
Keywords:
Articulación intersectorial, Salud mental , Judicialización, Derecho a la salud, Niñas y niños, AdolescentesAbstract
Introducción: Ante la vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes, es esperable que la protección integral contemple ¿conjuntamente a la perspectiva jurídico-administrativa un abordaje del padecimiento psíquico involucrado. Se abre una interrogación por la intervención del sistema de salud mental y el lugar para una lectura del campo subjetivo, en el marco de la interdiscursividad. (Beca Lanteri).
Objetivo: Identificar los factores que facilitan u obstaculizan la articulación entre las acciones de protección de derechos en el ámbito jurídico-administrativo y el abordaje de las problemáticas de salud mental de NNyA.
Metodología: Estudio exploratorio-descriptivo, predominantemente cualitativo, centrado en analizar los modos concretos de abordaje e intervención, para la sistematización de los resultados. Se relevaron antecedentes, aspectos conceptuales y normativos, casos a través de entrevistas, y estadísticas institucionales sobre las problemáticas más frecuentes. Asimismo, el aspecto empírico se centró en equipos interdisciplinarios de salud mental de una zona sanitaria de PBA (SM: n=16) y en equipos técnicos del sistema proteccional de otro partido de PBA (SP: n=10). Se administraron sendos cuestionarios online (Google form) para cada muestra (preguntas abiertas), para estudiar la articulación entre el abordaje jurídico-proteccional y el de salud mental, así como las concepciones subyacentes.
Resultados: 1. Ante la consulta sobre aspectos psicológicos, afectivos y vinculares de NNyA, emergen dos enfoques: uno basado en síntomas clínicos del padecimiento subjetivo y otro centrado en la vulneración de derechos descripta desde categorías jurídicas. 2. Sobre la especificidad de la disciplina Psi en casos de vulneración de derechos, la muestra SP precisó intervenciones específicas de la psicología, mientras que la muestra SM en su mayoría refirió acciones de acompañamiento del proceso proteccional y/o judicial, lo cual hace presumir cierto desdibujamiento de su función frente a este tipo de casos. 3. Se evidencia una lógica de derivación entre estos sectores, en lugar de una lógica de trabajo en red articulado intersectorialmente, lo cual se pudo referir a diversos factores.
Conclusiones: Las dificultades para generar criterios comunes derivarían de ciertas concepciones de los profesionales, falta de formación y de experiencia de trabajo en red. Pero, el recambio de personal, las condiciones laborales y la sobrecarga del sistema también limitan la articulación intersectorial. Se resalta la necesidad de legitimar los espacios de articulación en normativas y prácticas concretas.
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Copyright (c) 2025 Agustín Federico Fernández , A Fernández Garbin , Gabriela Salomone

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