Artículo original AO
SALUD
REVISTA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La inclusión de los antecedentes de violencia sexual en las estrategias
terapéuticas de mujeres y diversidades internadas por motivos de salud
mental: estudio exploratorio en hospitales monovalentes de la
provincia de Buenos Aires
The inclusion of histories of sexual violence in the therapeutic strategies for women and
gender-diverse individuals hospitalized for mental health reasons: an exploratory study in
psychiatric hospitals in the province of Buenos Aires
Recibido:16 de enero 2025.Aceptado:20 de febrero 2025.Aprobado:19 de junio 2025. Publicado:9 de septiembre 2025.
Au
Investigaciones o intervenciones en salud con resultados beneficiosos para la comunidad
Salud Publica 2025 Sept; 4
Roxana Amendolaro 1, 2, 3 Lic. en Psicología. Especialista en Políticas Públicas y Justicia de Género
Nadia Percovich 1, 2, 3 Lic. en Psicología
Paola Alberti 4, 5 Lic. en Enfermería
Natalia Osella 2, 3 Lic. en Psicología, Magister en Salud Mental, Especialista en políticas públicas para la
igualdad en América Latina y el Caribe
1 Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud, Ministerio de Salud de
la provincia de Buenos Aires, La Plata, Argentina
2 Hospital José A. Esteves, Temperley, Argentina
3 Universidad Nacional Arturo Jauretche, Florencio Varela, Argentina
4 Región Sanitaria VI, Lomas de Zamora, Argentina
5 Universidad Nacional de Avellaneda, Avellaneda, Argentina
roxana.amendolaro@gmail.com
Beca de investigación en Salud Pública “Julieta Lanteri”
El enfoque de géneros y diversidad y el atravesamiento de discriminación y violencias por motivos de género (VMG), en particular violencias sexuales (VS), que padecen
las mujeres y diversidades internadas, es aún materia en proceso en el campo de la salud mental.
El objetivo general de la investigación fue indagar, a partir de entrevistas a equipos profesionales y lectura de registros clínicos, de qué manera los antecedentes de VS
en mujeres y diversidades internadas por motivos de salud mental son incluidos en el diseño de las estrategias de intervención terapéutica en hospitales psiquiátricos
de la provincia de Buenos Aires (PBA) desde la aprobación de la Ley Micaela (2018) hasta el presente.
Se trató de un estudio exploratorio-descriptivo con perspectiva cualitativa. La muestra fue no probabilística (intencional). Las fuentes de datos fueron primarias, las/os
trabajadoras/es de los hospitales psiquiátricos. El instrumento de recolección fue una entrevista semiestructurada a informantes clave. Se recurrió como fuente
secundaria a registros clínicos. Se llevaron a cabo 22 entrevistas y se revisaron 14 historias clínicas en profundidad. Se generaron conocimientos situados acerca del
atravesamiento interseccional entre VS y salud mental que podrán complejizar la mirada sobre estas situaciones. Se prevé que los resultados constituyan un apoyo para
fortalecer los protocolos de atención y políticas públicas desde un enfoque interseccional que se encuentra desarrollando la PBA.
Entre los resultados de la investigación se señalan obstáculos para consignar en las Historias de Salud Integral (HSI) los antecedentes de violencias y VS en particular.
Esta información contribuirá a la implementación del registro de situaciones de violencias por razones de género y contra niños/as y adolescentes en las HSI. Se trata
de una iniciativa propuesta por la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires,
Dirección Provincial de Políticas Sanitarias de Cuidado para la erradicación de las violencias.
Palabras clave: Violencia Sexual; Violencia de Género; Servicios de Salud Mental; Marco Interseccional
Rs RESUMEN
The incorporation of a gender and diversity perspective, and the acknowledgment of discrimination and gender-based violence—particularly sexual
violence—experienced by hospitalized women and gender-diverse individuals, remains a developing area in the field of mental health.
The general objective of the research was to explore, based on interviews with professional teams and the analysis of clinical records, how histories of sexual violence
in women and gender-diverse individuals hospitalized for mental health issues are incorporated into the design of therapeutic intervention strategies in psychiatric
hospitals of the Buenos Aires province, from the enactment of the Micaela Act (2018) to the present.
This was an exploratory-descriptive study with a qualitative perspective. The sample was non-probabilistic and purposive. Primary data sources included mental
health professionals working in psychiatric hospitals, and data were collected through semi-structured interviews with key informants. Clinical records were used as
a secondary source. A total of 22 interviews were conducted, and 14 clinical records were reviewed in depth. The study generated situated knowledge about the
intersectional relationship between sexual violence and mental health, contributing to a more nuanced understanding of these situations. The findings are expected
to support the strengthening of care protocols and public policies from an intersectional perspective currently being developed in the Buenos Aires province.
Among the research findings, obstacles were identified regarding the inclusion of histories of violence sexual violence in particular in the Comprehensive Health
Records (CHR). This information is expected to support the implementation of a system for recording situations of gender-based violence and violence against children
and adolescents within the CHR. This initiative was proposed by the Subsecretariat of Mental Health, Substance Use and Violence in the Public Health System of the
province of Buenos Aires, through the Provincial Directorate of Care Health Policies for the Eradication of Violence
Keywords: Sexual Violences; Gender-Based Violence; Mental Health Services; Intersectional Framework
Ab ABSTRACT
Artículo original AO
SALUD
REVISTA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
INTRODUCCIÓN
En los últimos años, el movimiento feminista instaló en la
agenda pública la necesidad garantizar la asistencia y el
acompañamiento integral a las personas que atraviesan
situaciones de VMG, sin necesidad de institucionalización
ni segregación de la comunidad y respetando la voluntad
de las personas (1). Pese a la aprobación en 2009 de la Ley
26.485 (2) y la obligación a todas las personas que se
desempeñan en la función pública en todos los niveles y
jerarquías de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de
la Nación, a capacitarse en la temática de género y
violencia contra las mujeres, que impone la Ley Micaela (3)
a partir de 20181 , esta agenda aún está en proceso de
implementación en el campo de la salud mental.
La implementación de la Ley Nacional de Salud Mental
(LNSM) (4) cuenta con mayor grado de avance en nuestra
provincia, a partir de la creación del Programa Buenos Aires
Libre de Manicomios de la Subsecretaría de Salud Mental,
Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la
Salud (SSSMCPVAS) y la aprobación de los planes de
adecuación de los cuatro hospitales psiquiátricos
provinciales de gestión estatal, diseñados durante el año
2020. En este escenario, la investigación propone realizar
aportes a este conjunto de políticas públicas, incidiendo en
el abordaje de las VMG, y en particular de las VS, en el caso
de las mujeres y diversidades con padecimientos mentales.
Partimos de la hipótesis de que existe una relación entre VS
y padecimientos mentales y que ésta no es aun
suficientemente considerada en las evaluaciones que
realizan los equipos de salud para la determinación de sus
estrategias de intervención terapéutica. Tomar en cuenta
la existencia de antecedentes de VS podría prevenir
internaciones, re-internaciones y probables procesos de
institucionalización y también contribuir a impulsar
políticas que permitan crear condiciones para que las
personas y grupos más afectados por las VMG puedan
desarrollar proyectos de vida autónomos, no signados por
las violencias.
Alrededor de 300 millones de mujeres en el mundo tienen
discapacidades mentales o físicas (5). Las mujeres con
discapacidad representan las tres cuartas partes de las
personas con discapacidad en los países de ingresos bajos y
medios, y comprenden el 10 por ciento de las mujeres a nivel
mundial (5). La violencia doméstica es la principal causa de
discapacidad en las mujeres entre 16 y 44 años a nivel
mundial (5). En general, las mujeres con discapacidad que
viven en contextos de pobreza y exclusión consideran que
no son sujetas con derecho al cuidado ni al autocuidado (1).
La VS es una de las manifestaciones de la VMG. Este tipo
de violencia vulnera la libertad y autonomía sexual de las
personas, su integridad física y psíquica. La Ley N° 26.485,
sancionada en el año 2009, menciona la VS como uno de
los tipos de violencia contra la mujer (3: art. 5). Las
violaciones son las manifestaciones más extremas de las
VS. La violación sexual es un evento crítico, traumático (7),
que trae como consecuencia la pérdida del significado de la
propia existencia, que se expresa en sentimientos de
soledad, vacío, desconexión y falta de empatía; constante
deseo de muerte y autoaniquilación.
La Ley Micaela impuso una obligación de capacitación en
todas las personas que se desempeñan en el ámbito
público de todas las jurisdicciones del país, generando un
marco para continuar identificando las desigualdades de
género y elaborar estrategias de erradicación. La
perspectiva interseccional es una herramienta privilegiada
que aborda múltiples discriminaciones y colabora con
identificar el modo en el que conjuntos diferentes de
identidades inciden sobre el acceso a derechos (7). El
concepto de discriminación interseccional se basa en la
premisa de que las mujeres y diversidades con
discapacidad son un grupo heterogéneo, cuya identidad
está atravesada por una multiplicidad de identidades,
status y circunstancias. Se produce una situación de
discriminación interseccional cuando diferentes motivos de
discriminación interactúan entre sí en forma simultánea e
inseparable. Así, la experiencia de una mujer con
discapacidad psicosocial, institucionalizada en centros de
internación de salud mental, en relación con el ejercicio de
sus derechos sexuales y reproductivos, será
cualitativamente diferente a la de una mujer que no pasó
por dicha institucionalización (1).
En el marco del proceso de transformación institucional
que comenzó en 2019 en PBA e incluye a los 4 hospitales
psiquiátricos públicos, se generaron espacios de escucha y
formación sobre derechos sexuales, reproductivos y no
reproductivos. En este proceso, a partir de los dichos de
las/os profesionales, se fue haciendo visible que los
antecedentes de VMG ocurridos previamente a la
internación, VS en particular, eran nombrados
antecedentes de los padecimientos mentales que
incidieron en las crisis y la necesidad de esas internaciones.
Una frase que insistía en aparecer era: “La gran mayoría de
las mujeres internadas habían sufrido alguna forma de
violencia sexual previa a su internación”.
Estudios recientes destacan el papel fundamental que
pueden cumplir las investigaciones en el desarrollo de
estrategias para abordar las VMG y proporcionar
intervenciones especializadas para personas que
atravesaron dichas situaciones. Según la OMS, 1 de cada 5
In
ARK CAICYT: https://id.caicyt.gov.ar/ark:/s30087074/yf9uj4kld
Salud Publica 2025 Sept; 4
1 En 2018 se aprobó la Ley Micaela N°27.499, que establece una capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las
mujeres y diversidades para todas las personas que se desempeñen en la función pública. Asimismo, la sanción de la Ley Nacional de Salud
Mental N° 26.657 (2010) y la Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres N° 26.485
(2009), podrían también haber favorecido la incorporación del enfoque de género en salud mental.
mujeres y 1 de cada 13 hombres declararon haber sufrido
abusos sexuales en la infancia (8). Los estudios cualitativos
que exploran los impactos emocionales de la VS de la
pareja íntima en las mujeres son escasos (9). En este
sentido, estudios realizados en otros lugares del mundo
con mujeres y diversidades diagnosticadas con trastornos
mentales severos, como Colombia (10), Estados Unidos (11)
o India (12), destacan que la VS es un problema de salud
pública y que haber atravesado situaciones de VS tiene una
incidencia alta en el desarrollo de trastornos mentales
graves, correlación que sería superior al 20 por ciento de los
casos. La OMS también señala que una de cada cuatro
personas en el mundo padece algún tipo de trastorno
mental y entonces, ¿cuál es la incidencia de la violencia y de
la VS en el modo en el que, como sociedad, producimos
padecimientos mentales?
Es importante destacar que no existían en nuestro país
estudios que indagaran sobre los antecedentes de VS en
mujeres y diversidades internadas por motivos de salud
mental; y si éstos eran incluidos en las estrategias de
intervención terapéutica. Por ello, puede pensarse que el
estudio propuesto implica una propuesta innovadora.
Objetivo general
Describir de qué manera los antecedentes de VS, en
mujeres y diversidades internadas por motivos de salud
mental, son incluidos en las estrategias de intervención
terapéutica en hospitales neuropsiquiátricos de la
provincia de Buenos Aires, desde 2018 y hasta el
presente.
Objetivos específicos
1. Relevar antecedentes de VS que han padecido las
mujeres y diversidades internadas;
2. Identificar de qué manera los antecedentes de VS
intervienen en la determinación de la necesidad de las
internaciones;
3. Describir las estrategias de intervención terapéutica2
que se llevan a cabo con mujeres y diversidades que
tienen antecedentes de VS;
4. Indagar si las estrategias de intervención terapéutica
que implementan los equipos profesionales
intervinientes incluyen acompañamientos
especializados en VS.
Artículo original AO
SALUD
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INTRODUCCIÓN
En los últimos años, el movimiento feminista instaló en la
agenda pública la necesidad garantizar la asistencia y el
acompañamiento integral a las personas que atraviesan
situaciones de VMG, sin necesidad de institucionalización
ni segregación de la comunidad y respetando la voluntad
de las personas (1). Pese a la aprobación en 2009 de la Ley
26.485 (2) y la obligación a todas las personas que se
desempeñan en la función pública en todos los niveles y
jerarquías de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de
la Nación, a capacitarse en la temática de género y
violencia contra las mujeres, que impone la Ley Micaela (3)
a partir de 20181 , esta agenda aún está en proceso de
implementación en el campo de la salud mental.
La implementación de la Ley Nacional de Salud Mental
(LNSM) (4) cuenta con mayor grado de avance en nuestra
provincia, a partir de la creación del Programa Buenos Aires
Libre de Manicomios de la Subsecretaría de Salud Mental,
Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la
Salud (SSSMCPVAS) y la aprobación de los planes de
adecuación de los cuatro hospitales psiquiátricos
provinciales de gestión estatal, diseñados durante el año
2020. En este escenario, la investigación propone realizar
aportes a este conjunto de políticas públicas, incidiendo en
el abordaje de las VMG, y en particular de las VS, en el caso
de las mujeres y diversidades con padecimientos mentales.
Partimos de la hipótesis de que existe una relación entre VS
y padecimientos mentales y que ésta no es aun
suficientemente considerada en las evaluaciones que
realizan los equipos de salud para la determinación de sus
estrategias de intervención terapéutica. Tomar en cuenta
la existencia de antecedentes de VS podría prevenir
internaciones, re-internaciones y probables procesos de
institucionalización y también contribuir a impulsar
políticas que permitan crear condiciones para que las
personas y grupos más afectados por las VMG puedan
desarrollar proyectos de vida autónomos, no signados por
las violencias.
Alrededor de 300 millones de mujeres en el mundo tienen
discapacidades mentales o físicas (5). Las mujeres con
discapacidad representan las tres cuartas partes de las
personas con discapacidad en los países de ingresos bajos y
medios, y comprenden el 10 por ciento de las mujeres a nivel
mundial (5). La violencia doméstica es la principal causa de
discapacidad en las mujeres entre 16 y 44 años a nivel
mundial (5). En general, las mujeres con discapacidad que
viven en contextos de pobreza y exclusión consideran que
no son sujetas con derecho al cuidado ni al autocuidado (1).
La VS es una de las manifestaciones de la VMG. Este tipo
de violencia vulnera la libertad y autonomía sexual de las
personas, su integridad física y psíquica. La Ley N° 26.485,
sancionada en el año 2009, menciona la VS como uno de
los tipos de violencia contra la mujer (3: art. 5). Las
violaciones son las manifestaciones más extremas de las
VS. La violación sexual es un evento crítico, traumático (7),
que trae como consecuencia la pérdida del significado de la
propia existencia, que se expresa en sentimientos de
soledad, vacío, desconexión y falta de empatía; constante
deseo de muerte y autoaniquilación.
La Ley Micaela impuso una obligación de capacitación en
todas las personas que se desempeñan en el ámbito
público de todas las jurisdicciones del país, generando un
marco para continuar identificando las desigualdades de
género y elaborar estrategias de erradicación. La
perspectiva interseccional es una herramienta privilegiada
que aborda múltiples discriminaciones y colabora con
identificar el modo en el que conjuntos diferentes de
identidades inciden sobre el acceso a derechos (7). El
concepto de discriminación interseccional se basa en la
premisa de que las mujeres y diversidades con
discapacidad son un grupo heterogéneo, cuya identidad
está atravesada por una multiplicidad de identidades,
status y circunstancias. Se produce una situación de
discriminación interseccional cuando diferentes motivos de
discriminación interactúan entre sí en forma simultánea e
inseparable. Así, la experiencia de una mujer con
discapacidad psicosocial, institucionalizada en centros de
internación de salud mental, en relación con el ejercicio de
sus derechos sexuales y reproductivos, será
cualitativamente diferente a la de una mujer que no pasó
por dicha institucionalización (1).
En el marco del proceso de transformación institucional
que comenzó en 2019 en PBA e incluye a los 4 hospitales
psiquiátricos públicos, se generaron espacios de escucha y
formación sobre derechos sexuales, reproductivos y no
reproductivos. En este proceso, a partir de los dichos de
las/os profesionales, se fue haciendo visible que los
antecedentes de VMG ocurridos previamente a la
internación, VS en particular, eran nombrados
antecedentes de los padecimientos mentales que
incidieron en las crisis y la necesidad de esas internaciones.
Una frase que insistía en aparecer era: “La gran mayoría de
las mujeres internadas habían sufrido alguna forma de
violencia sexual previa a su internación”.
Estudios recientes destacan el papel fundamental que
pueden cumplir las investigaciones en el desarrollo de
estrategias para abordar las VMG y proporcionar
intervenciones especializadas para personas que
atravesaron dichas situaciones. Según la OMS, 1 de cada 5
MATERIALES Y MÉTODOS
Se trató de un estudio exploratorio-descriptivo, por la no
existencia de antecedentes locales en el tema y, a su vez,
por la pretensión de caracterizar de qué manera se incluye
esta problemática en hospitales monovalentes.
Adoptamos una perspectiva cualitativa de investigación
(14, 15) ya que este enfoque posibilita abordar la
complejidad de los atravesamientos entre género, VS y
padecimientos mentales.
Las fuentes de datos fueron primarias: las/os
trabajadoras/es de los hospitales psiquiátricos de la
provincia. El instrumento de recolección de datos fue una
entrevista semiestructurada a informantes clave que
combinó preguntas abiertas y cerradas. A su vez, se
recurrió a fuentes secundarias a partir del relevamiento de
registros clínicos.
Para seleccionar los equipos y profesionales se realizó una
entrevista semi estructurada con autoridades de los 4
hospitales psiquiátricos de gestión estatal de la PBA. Las
muestras fueron no probabilísticas (intencionales). Se
privilegiaron los Servicios de Guardia, Admisión e
Internación por considerarse que allí podría identificarse de
qué manera los antecedentes de VS determinaron las
estrategias de intervención terapéutica (necesidad de las
internaciones y otras posibles intervenciones).
Se realizaron 22 entrevistas y se seleccionaron 14 historias
clínicas (HC) para ser leídas completas y en profundidad. La
muestra fue intencional y no representativa, a partir de
casos referenciados durante las entrevistas, eligiendo al
menos una HC por Hospital. Se focalizó la lectura completa
y en profundidad de las HC del período posterior a la
sanción de la Ley Micaela (2018) hasta el presente.
El análisis de datos se realizó manualmente a partir de
categorías conceptuales revisadas por el equipo. La
matriz de datos incorporó las variables: Componentes de
la ficha de admisión (datos personales, motivo de
consulta, diagnóstico, semiología psiquiátrica, pronóstico,
datos filiatorios, características de la red social de apoyo);
Modo de nombrar las VS; Momento en el que se nombran
las VS (en la admisión, poco después, mucho tiempo
después); Modo en que se contempla la palabra de las
mujeres y diversidades en las HC; Intervenciones de los
equipos, no especializadas (medicalización, apoyo
terapéutico sin perspectiva de género, internación sin
criterio para ello) y especializadas (derivación a equipos
de género, acompañamiento en procesos judiciales, entre
otras).
MM
Salud Publica 2025 Sept; 4
2 Por intervención terapéutica nos referimos a lo que Emerson Merhy define como “Hacer salud”, que involucra qué se produce y cómo es
el trabajo diario de las/os profesionales de salud, ¿quiénes trabajan y cómo lo hacen, para qué, por qué, y para quienes trabajan? El autor
señala que caracterizar cómo se estructuran los procesos de trabajo genera condiciones de posibilidad para modificar la forma de trabajar
al interior de los servicios de salud, ya que se trata de una tarea colectiva del conjunto de lxs trabajadorxs, tomando como referencia clave
el interés de las personas usuarias de los servicios (13)
mujeres y 1 de cada 13 hombres declararon haber sufrido
abusos sexuales en la infancia (8). Los estudios cualitativos
que exploran los impactos emocionales de la VS de la
pareja íntima en las mujeres son escasos (9). En este
sentido, estudios realizados en otros lugares del mundo
con mujeres y diversidades diagnosticadas con trastornos
mentales severos, como Colombia (10), Estados Unidos (11)
o India (12), destacan que la VS es un problema de salud
pública y que haber atravesado situaciones de VS tiene una
incidencia alta en el desarrollo de trastornos mentales
graves, correlación que sería superior al 20 por ciento de los
casos. La OMS también señala que una de cada cuatro
personas en el mundo padece algún tipo de trastorno
mental y entonces, ¿cuál es la incidencia de la violencia y de
la VS en el modo en el que, como sociedad, producimos
padecimientos mentales?
Es importante destacar que no existían en nuestro país
estudios que indagaran sobre los antecedentes de VS en
mujeres y diversidades internadas por motivos de salud
mental; y si éstos eran incluidos en las estrategias de
intervención terapéutica. Por ello, puede pensarse que el
estudio propuesto implica una propuesta innovadora.
Objetivo general
Describir de qué manera los antecedentes de VS, en
mujeres y diversidades internadas por motivos de salud
mental, son incluidos en las estrategias de intervención
terapéutica en hospitales neuropsiquiátricos de la
provincia de Buenos Aires, desde 2018 y hasta el
presente.
Objetivos específicos
1. Relevar antecedentes de VS que han padecido las
mujeres y diversidades internadas;
2. Identificar de qué manera los antecedentes de VS
intervienen en la determinación de la necesidad de las
internaciones;
3. Describir las estrategias de intervención terapéutica2
que se llevan a cabo con mujeres y diversidades que
tienen antecedentes de VS;
4. Indagar si las estrategias de intervención terapéutica
que implementan los equipos profesionales
intervinientes incluyen acompañamientos
especializados en VS.
Artículo original AO
SALUD
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RESULTADOS
A continuación, se señalan los principales resultados
vinculados a los objetivos específicos del proyecto. Se
suman algunos resultados que, aunque no previstos en los
objetivos, resultan relevantes tanto por el posible aporte
para generar protocolos de atención como para el diseño
de políticas públicas en la materia.
En relación con el objetivo referido al relevamiento de
antecedentes de violencias sexuales padecidas por las
mujeres y diversidades internadas en los hospitales
psiquiátricos, se destacó lo siguiente: De las personas
entrevistadas, la mayoría dijo conocer personas internadas
con antecedentes de VS acontecidas previo a la
internación, lo que coincide con los dichos de profesionales
que participaron de los espacios de formación de los que
participó nuestro equipo previo a la investigación. Una de
las personas entrevistadas señaló: “hay un montón de
pacientes, creo que el 80 por ciento de las pacientes
internadas han sufrido abuso. Sí, eso es claro (...) De
pacientes que sufren de esquizofrenia, el 80% han sido
abusadas” (Psicóloga, 52 años). Otra persona entrevistada
mencionó que un 60% de personas que resultaron
internadas tenían antecedentes de VS previo a la
internación (Psicóloga, 48 años) y se le solicitó la fuente de
dichos porcentajes, pero no pudo ser localizada.
Es importante resaltar que cuando las investigadoras
solicitaron referencias de casos para la lectura de HC,
sucedió que en algunos el antecedente de VS no estaba
consignado o no aparecía como antecedente vinculado a
los padecimientos mentales o figuraba nombrado de otro
modo. Por ejemplo, en una HC se lo mencionaba como
“recuerdo traumático” (Ma Br, 29 años).
Acerca del objetivo específico que esperaba identificar si
los antecedentes de violencia formaron parte de los
motivos que determinaron la necesidad de las
internaciones, pudo relevarse en las HC que la información
sobre posibles antecedentes de VS ocurridas previo a la
internación no aparecía frecuentemente consignada. Lo
que respondieron las personas entrevistadas es que no
contaban con una directiva o protocolo institucional al
respecto y que en el caso por caso surgían dudas y temores
respecto a cómo consignar y dar cauce institucional a esa
información. Se interrogaban cómo respetar el secreto
profesional (dimensión clínica/legal), cómo compartir la
información con el resto del equipo o con otras áreas
institucionales que deberían intervenir (dimensión
institucional) o cómo comunicar estos interrogantes a la
persona que relató la situación de VS padecida (derecho a
la información, consentimiento informado). Así, una
trabajadora social (TS) (30 años) señaló: “En caso de abuso
sexual por parte de un familiar, qué relatamos de esto en la
HC. El equipo es el primero que escucha la información, no
se lo había dicho a nadie, ni siquiera lo sabía la madre.
Tampoco hay líneas institucionales sobre qué registrar.
(Prima) el secreto profesional frente a una persona que
está diciendo que aún no se lo contó a nadie3. Una
abogada (54 años) entrevistada, subrayó que estos
interrogantes se responden en el Art. 15 de la Ley de
Derechos del Paciente (16), que establece que “registros
claros y precisos de los actos realizados por los
profesionales y auxiliares intervinientes” [...] y que “ todo
acto médico realizado o indicado, sea que se trate de
prescripción y suministro de medicamentos, realización de
tratamientos, prácticas, estudios principales y
complementarios afines con el diagnóstico presuntivo y en
su caso de certeza, constancias de intervención de
especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento,
evolución y toda otra actividad inherente, en especial
ingresos y altas médicas.
Se observó que, aunque la información sobre las VS fuera
conocida por el equipo e incluso hubiera sido incluida en las
HC, no se lograba aún establecer una vinculación suficiente
entre dichos antecedentes y los padecimientos en salud
mental. Cuando los antecedentes de VS se consignaban en
las HC, parecía que esto sucedía casi por descuido, incluso a
riesgo de que el resto del equipo cuestionara a la/el
profesional que había registrado los datos. O, como se dijo,
aparecían menciones dichas de otro modo: “hecho
traumático, “recuerdo traumático, “vivencias traumáticas
en la infancia y adolescencia. En una de las HC (Ba Ja, 26
años) se menciona en la entrevista de admisión “Ideación
delirante de perjuicio de tinte paranoide y sexual hacia su
familia que condiciona su afecto y conducta. Sin embargo,
no aparecía registro sobre cómo y acerca de cómo la
ideación delirante condicionaba su afecto y conducta, qué
afectos, qué conductas y si estos condicionamientos
podrían haberse relacionado con indicadores
sintomatológicos vinculados con antecedentes de VS.
Asimismo se relataba: “Comenta que el delirio hace
referencia principalmente a que habría sido abusada por
muchas personas (familiares y otros), [el/la profesional]
aclara que resulta un tanto inverosímil el modo en que
suceden esos hechos y que sea “de todo el mundo, por lo
que no se consideró en ningún momento que pudiera
haber existido algún episodio abusivo sobre la persona o
sobre algún integrante de su familia, seguramente por
tomar de manera literal el contenido delirante de la frase
“muchas personas”, y de este modo coartando, como
probable línea de intervención, involucrar a las áreas de
género o, de evaluarse necesario, al sistema de justicia.
En al menos otras tres HC pudo relevarse que durante la
entrevista inicial, previa a la internación, las personas
Rs
Salud Publica 2025 Sept; 4
3 Esta entrevista fue realizada previamente a la presentación de la iniciativa de registro de situaciones de violencias por razones de género
y contra niños/as y adolescentes en las Historias de Salud Integradas y de formalizada la inclusión. Herramientas prácticas de su
implementación aparecen en el documento guía (17).
manifestaron haber sufrido abusos en la infancia, lo cual se
consignó en la HC. Sin embargo, dicho antecedente no
figuraba considerado para el diagnóstico ni para las
estrategias de intervención subsiguientes. En una de las
HC mencionadas (Ar Mu, 36 años) durante la entrevista de
admisión se consignó que “está allí como un modo de
represalia de su pa, viudo, que intentó tener acceso
carnal con ella. En otra HC se mencionaba que la persona
había narrado “hechos traumáticosde su pasado, pero no
se los describía. Se consignaba que la persona se siente
una carga para los demás. Que define a su madre como
inoperante. Del padre dice que desapareca sus siete
años, ’me trajo al mundo y nada s. Melancolizada. Se
siente culpable de lo que ha pasado. Cada discusión la lleva
a rememorar el recuerdo traumático [que no se describe].
A veces tengo los recuerdos en imágenes, otras los siento
en el cuerpo. Dice que, si dice que no, teme a las
represalias. Relata a su padre el acontecimiento traumático.
Piensa en la posibilidad de una denuncia y los costos
subjetivos. Luego de ocho meses un psiquiatra que
intervino circunstancialmente, escribió en la HC la situación
de VS y una psicóloga diferente de quien había intervenido
inicialmente, consignó: Abuso infantil perpetrado por
hombre que se aloja con la familia.
Esto converge con lo relevado en las entrevistas. Así, un
profesional, frente a la pregunta sobre si ¿Estaban incluidos
los antecedentes de VS en las HC o en otro registro formal?
respondió “No de esa manera. Siempre esn incluidos
como siendo responsabilidad de la persona, delirio de la
persona. De hecho, con una de las personas, presencié una
situación de violencia con uno de los empleados e hice una
nota a la Dirección para poder visibilizar la situación. Sentí
que me había puesto en una situación de mayor
vulnerabilidad como profesional. Lo que creo es que se
patologiza el discurso de las personas… Trabajando en
Guardias, trabaja tan bien el Modelo Médico Hegemónico
Es como que se da vuelta, dejan de tenerlo en cuenta, de
valorarlo como algo real; es border, el discurso seguro que
es este porque las borders son así. Muchas veces se toma
como algo inventado, deja de tener relevancia. Termina
siendo parte del diagnóstico” (TS, 38 años).
Sin embargo, apareció como una excepción que un
profesional de guardia dijo que es importante conocer
estos antecedentes para poder hacer diagnóstico
diferencial con TEPT- Trastorno por Estrés Post Traumático
(Psiquiatra, 64 años).
En lo que hace a los objetivos específicos vinculados a
describir las estrategias de intervención terapéutica que
implementaban los equipos profesionales intervinientes
con las mujeres y diversidades internadas que poseían
antecedentes de VS, distinguiendo entre intervenciones
especializadas y no especializadas, pudo observarse que,
con excepción de dos psiquiatras, el resto de las/os
profesionales entrevistadas/os no había recibido
capacitaciones en la detección de las VS.
Una de las preguntas se refería a la información con la que
contaban los equipos sobre recursos en materia de géneros.
Pudo observarse que los dispositivos propios de género,
aunque conocidos, no serían suficientemente tenidos en
cuenta. Esto parecía agudizarse si la mención a la violencia
era previa y muy anterior a la fecha de internación. No
pudimos documentar que se incluyeran espacios
terapéuticos especializados en VS aún cuando las personas
mencionaron haber atravesado por situaciones de VS. Una
de las entrevistadas dijo: “Creo que, si la persona hubiera
tenido acceso antes, hacer un tratamiento psicológico
antes, no hubiera caído acá, …pasos previos de atención
para prevenir(Psicóloga, 52 años), haciendo referencia a
que el tratamiento oportuno -y agregamos específico-
podría evitar formas graves de padecimiento mental.
En una entrevista se mencionaba que debían tenerse en
cuenta los antecedentes de VS para realizar las
revinculaciones familiares y evitar ambientes donde se
hubieran producido los abusos. Una psicóloga (52 años)
planteaba evitar revinculaciones “si la persona que a lo
mejor abusó de ella vive con la paciente, o es alguien que
ve seguido, o es alguien del ambiente familiar, o es un
amigo de la familia. Contrariamente, en otra de las HC
encontramos que, durante las primeras entrevistas, es la
mujer internada quien señala a un familiar como abusador
“R se hace pasar por mi tío, abusó de mí, me robó la casa, la
pensión(ST VE, 37 años). Estos dichos son retomados por
una profesional que consigna en la HC: “Refiere haber sido
abusada por su tío a los 12 años. Sin embargo, con
posterioridad, las intervenciones de revinculación familiar y
parte del proceso de externación incluyeron a dicho
familiar, llegando a proponer salidas terapéuticas con éste.
Una pregunta realizada, que no era parte de los objetivos
específicos, pero sirvió para dar cuenta de la relación entre
perspectiva de género en los/las profesionales e inclusión
de antecedentes de VS en diagnóstico y tratamiento, es la
referida a capacitación en la temática. En las entrevistas se
subrayó la fundamental importancia de las capacitaciones
tanto para hacer visibles los antecedentes como su posible
relación con los padecimientos mentales y la alternativa de
ampliar el abanico de intervenciones hacia recursos
institucionales en materia de VS, tanto desde lo asistencial
como desde lo legal. La capacitación en la temática de
géneros y diversidades y VMG, incluyendo VS, ha
registrado avances significativos en los últimos os, sin
embargo, se observaron importantes asimetrías por áreas
y servicios y una casi inexistente capacitación en lo que
hace al acompañamiento en VS.
Frente a la pregunta realizada durante las entrevistas: ¿En
qué momento del proceso están en relación con la
instalación formal de la temática?, se reitera la respuesta de
que aún se encuentran en un momento inicial. En este
sentido respondió una TS entrevistada en uno de los
hospitales: “Diría inicial. Porque aún suceden cosas muy
retrógradas. Llega una persona trans y todavía no se sabe
qué hacer en el hospital. Se tiene que discutir cada vez. Hay
un imaginario en torno a las posibles violaciones si se
interna a un varón trans en la sala de hombres” (TS, 30
años). “Sí, yo creo que fueron cambiando algunas
cuestiones. Hay cosas que fueron no dando lo mismo
dejarlas pasar. Pero tiene que ir acompañado de una
decisión institucional, que recién ahora la estamos
teniendo en este último tiempo” (TS, 28 años).
Artículo original AO
SALUD
REVISTA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESULTADOS
A continuación, se señalan los principales resultados
vinculados a los objetivos específicos del proyecto. Se
suman algunos resultados que, aunque no previstos en los
objetivos, resultan relevantes tanto por el posible aporte
para generar protocolos de atención como para el diseño
de políticas públicas en la materia.
En relación con el objetivo referido al relevamiento de
antecedentes de violencias sexuales padecidas por las
mujeres y diversidades internadas en los hospitales
psiquiátricos, se destacó lo siguiente: De las personas
entrevistadas, la mayoría dijo conocer personas internadas
con antecedentes de VS acontecidas previo a la
internación, lo que coincide con los dichos de profesionales
que participaron de los espacios de formación de los que
participó nuestro equipo previo a la investigación. Una de
las personas entrevistadas señaló: “hay un montón de
pacientes, creo que el 80 por ciento de las pacientes
internadas han sufrido abuso. Sí, eso es claro (...) De
pacientes que sufren de esquizofrenia, el 80% han sido
abusadas” (Psicóloga, 52 años). Otra persona entrevistada
mencionó que un 60% de personas que resultaron
internadas tenían antecedentes de VS previo a la
internación (Psicóloga, 48 años) y se le solicitó la fuente de
dichos porcentajes, pero no pudo ser localizada.
Es importante resaltar que cuando las investigadoras
solicitaron referencias de casos para la lectura de HC,
sucedió que en algunos el antecedente de VS no estaba
consignado o no aparecía como antecedente vinculado a
los padecimientos mentales o figuraba nombrado de otro
modo. Por ejemplo, en una HC se lo mencionaba como
“recuerdo traumático” (Ma Br, 29 años).
Acerca del objetivo específico que esperaba identificar si
los antecedentes de violencia formaron parte de los
motivos que determinaron la necesidad de las
internaciones, pudo relevarse en las HC que la información
sobre posibles antecedentes de VS ocurridas previo a la
internación no aparecía frecuentemente consignada. Lo
que respondieron las personas entrevistadas es que no
contaban con una directiva o protocolo institucional al
respecto y que en el caso por caso surgían dudas y temores
respecto a cómo consignar y dar cauce institucional a esa
información. Se interrogaban cómo respetar el secreto
profesional (dimensión clínica/legal), cómo compartir la
información con el resto del equipo o con otras áreas
institucionales que deberían intervenir (dimensión
institucional) o cómo comunicar estos interrogantes a la
persona que relató la situación de VS padecida (derecho a
la información, consentimiento informado). Así, una
trabajadora social (TS) (30 años) señaló: “En caso de abuso
sexual por parte de un familiar, qué relatamos de esto en la
HC. El equipo es el primero que escucha la información, no
se lo había dicho a nadie, ni siquiera lo sabía la madre.
Tampoco hay líneas institucionales sobre qué registrar.
(Prima) el secreto profesional frente a una persona que
está diciendo que aún no se lo contó a nadie3. Una
abogada (54 años) entrevistada, subrayó que estos
interrogantes se responden en el Art. 15 de la Ley de
Derechos del Paciente (16), que establece que “registros
claros y precisos de los actos realizados por los
profesionales y auxiliares intervinientes” [...] y que “ todo
acto médico realizado o indicado, sea que se trate de
prescripción y suministro de medicamentos, realización de
tratamientos, prácticas, estudios principales y
complementarios afines con el diagnóstico presuntivo y en
su caso de certeza, constancias de intervención de
especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento,
evolución y toda otra actividad inherente, en especial
ingresos y altas médicas.
Se observó que, aunque la información sobre las VS fuera
conocida por el equipo e incluso hubiera sido incluida en las
HC, no se lograba aún establecer una vinculación suficiente
entre dichos antecedentes y los padecimientos en salud
mental. Cuando los antecedentes de VS se consignaban en
las HC, parecía que esto sucedía casi por descuido, incluso a
riesgo de que el resto del equipo cuestionara a la/el
profesional que había registrado los datos. O, como se dijo,
aparecían menciones dichas de otro modo: “hecho
traumático, “recuerdo traumático, “vivencias traumáticas
en la infancia y adolescencia. En una de las HC (Ba Ja, 26
años) se menciona en la entrevista de admisión “Ideación
delirante de perjuicio de tinte paranoide y sexual hacia su
familia que condiciona su afecto y conducta. Sin embargo,
no aparecía registro sobre cómo y acerca de cómo la
ideación delirante condicionaba su afecto y conducta, qué
afectos, qué conductas y si estos condicionamientos
podrían haberse relacionado con indicadores
sintomatológicos vinculados con antecedentes de VS.
Asimismo se relataba: “Comenta que el delirio hace
referencia principalmente a que habría sido abusada por
muchas personas (familiares y otros), [el/la profesional]
aclara que resulta un tanto inverosímil el modo en que
suceden esos hechos y que sea “de todo el mundo, por lo
que no se consideró en ningún momento que pudiera
haber existido algún episodio abusivo sobre la persona o
sobre algún integrante de su familia, seguramente por
tomar de manera literal el contenido delirante de la frase
“muchas personas”, y de este modo coartando, como
probable línea de intervención, involucrar a las áreas de
género o, de evaluarse necesario, al sistema de justicia.
En al menos otras tres HC pudo relevarse que durante la
entrevista inicial, previa a la internación, las personas
Salud Publica 2025 Sept; 4
manifestaron haber sufrido abusos en la infancia, lo cual se
consignó en la HC. Sin embargo, dicho antecedente no
figuraba considerado para el diagnóstico ni para las
estrategias de intervención subsiguientes. En una de las
HC mencionadas (Ar Mu, 36 años) durante la entrevista de
admisión se consignó que “está allí como un modo de
represalia de su papá, viudo, que intentó tener acceso
carnal con ella. En otra HC se mencionaba que la persona
había narrado “hechos traumáticos” de su pasado, pero no
se los describía. Se consignaba que la persona “se siente
una carga para los demás. Que define a su madre como
inoperante. Del padre dice que desapareció a sus siete
años, ’me trajo al mundo y nada más. Melancolizada. Se
siente culpable de lo que ha pasado. Cada discusión la lleva
a rememorar el recuerdo traumático [que no se describe].
A veces tengo los recuerdos en imágenes, otras los siento
en el cuerpo’. Dice que, si dice que no, teme a las
represalias. Relata a su padre el acontecimiento traumático.
Piensa en la posibilidad de una denuncia y los costos
subjetivos”. Luego de ocho meses un psiquiatra que
intervino circunstancialmente, escribió en la HC la situación
de VS y una psicóloga diferente de quien había intervenido
inicialmente, consignó: “Abuso infantil perpetrado por
hombre que se aloja con la familia”.
Esto converge con lo relevado en las entrevistas. Así, un
profesional, frente a la pregunta sobre si ¿Estaban incluidos
los antecedentes de VS en las HC o en otro registro formal?
respondió “No de esa manera. Siempre están incluidos
como siendo responsabilidad de la persona, delirio de la
persona. De hecho, con una de las personas, presencié una
situación de violencia con uno de los empleados e hice una
nota a la Dirección para poder visibilizar la situación. Sentí
que me había puesto en una situación de mayor
vulnerabilidad como profesional. Lo que creo es que se
patologiza el discurso de las personas… Trabajando en
Guardias, trabaja tan bien el Modelo Médico Hegemónico…
Es como que se da vuelta, dejan de tenerlo en cuenta, de
valorarlo como algo real; es border, el discurso seguro que
es este porque las borders son así. Muchas veces se toma
como algo inventado, deja de tener relevancia. Termina
siendo parte del diagnóstico” (TS, 38 años).
Sin embargo, apareció como una excepción que un
profesional de guardia dijo que es importante conocer
estos antecedentes para poder hacer diagnóstico
diferencial con TEPT- Trastorno por Estrés Post Traumático
(Psiquiatra, 64 años).
En lo que hace a los objetivos específicos vinculados a
describir las estrategias de intervención terapéutica que
implementaban los equipos profesionales intervinientes
con las mujeres y diversidades internadas que poseían
antecedentes de VS, distinguiendo entre intervenciones
especializadas y no especializadas, pudo observarse que,
con excepción de dos psiquiatras, el resto de las/os
profesionales entrevistadas/os no había recibido
capacitaciones en la detección de las VS.
Una de las preguntas se refería a la información con la que
contaban los equipos sobre recursos en materia de géneros.
Pudo observarse que los dispositivos propios de género,
aunque conocidos, no serían suficientemente tenidos en
cuenta. Esto parecía agudizarse si la mención a la violencia
era previa y muy anterior a la fecha de internación. No
pudimos documentar que se incluyeran espacios
terapéuticos especializados en VS aún cuando las personas
mencionaron haber atravesado por situaciones de VS. Una
de las entrevistadas dijo: “Creo que, si la persona hubiera
tenido acceso antes, hacer un tratamiento psicológico
antes, no hubiera caído acá, …pasos previos de atención
para prevenir” (Psicóloga, 52 años), haciendo referencia a
que el tratamiento oportuno -y agregamos específico-
podría evitar formas graves de padecimiento mental.
En una entrevista se mencionaba que debían tenerse en
cuenta los antecedentes de VS para realizar las
revinculaciones familiares y evitar ambientes donde se
hubieran producido los abusos. Una psicóloga (52 años)
planteaba evitar revinculaciones “si la persona que a lo
mejor abusó de ella vive con la paciente, o es alguien que
ve seguido, o es alguien del ambiente familiar, o es un
amigo de la familia. Contrariamente, en otra de las HC
encontramos que, durante las primeras entrevistas, es la
mujer internada quien señala a un familiar como abusador
“R se hace pasar por mi tío, abusó de mí, me robó la casa, la
pensión” (ST VE, 37 años). Estos dichos son retomados por
una profesional que consigna en la HC: “Refiere haber sido
abusada por su tío a los 12 años”. Sin embargo, con
posterioridad, las intervenciones de revinculación familiar y
parte del proceso de externación incluyeron a dicho
familiar, llegando a proponer salidas terapéuticas con éste.
Una pregunta realizada, que no era parte de los objetivos
específicos, pero sirvió para dar cuenta de la relación entre
perspectiva de género en los/las profesionales e inclusión
de antecedentes de VS en diagnóstico y tratamiento, es la
referida a capacitación en la temática. En las entrevistas se
subrayó la fundamental importancia de las capacitaciones
tanto para hacer visibles los antecedentes como su posible
relación con los padecimientos mentales y la alternativa de
ampliar el abanico de intervenciones hacia recursos
institucionales en materia de VS, tanto desde lo asistencial
como desde lo legal. La capacitación en la temática de
géneros y diversidades y VMG, incluyendo VS, ha
registrado avances significativos en los últimos años, sin
embargo, se observaron importantes asimetrías por áreas
y servicios y una casi inexistente capacitación en lo que
hace al acompañamiento en VS.
Frente a la pregunta realizada durante las entrevistas: ¿En
qué momento del proceso están en relación con la
instalación formal de la temática?, se reitera la respuesta de
que aún se encuentran en un momento inicial. En este
sentido respondió una TS entrevistada en uno de los
hospitales: “Diría inicial. Porque aún suceden cosas muy
retrógradas. Llega una persona trans y todavía no se sabe
qué hacer en el hospital. Se tiene que discutir cada vez. Hay
un imaginario en torno a las posibles violaciones si se
interna a un varón trans en la sala de hombres…” (TS, 30
años). “Sí, yo creo que fueron cambiando algunas
cuestiones. Hay cosas que fueron no dando lo mismo
dejarlas pasar. Pero tiene que ir acompañado de una
decisión institucional, que recién ahora la estamos
teniendo en este último tiempo” (TS, 28 años).
Artículo original AO
SALUD
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Salud Publica 2025 Sept; 4
Ds
Cn
CONCLUSIÓN
Puede concluirse que una gran mayoría de las personas
entrevistadas aún no cuenta con criterios suficientes para
valorar los antecedentes de VMG y en particular de VS en
personas internadas por motivos de salud mental. Nos
encontramos frente a posibles delitos penales, con la
consecuente necesidad de dar intervención a organismos
especializados en materia de VMG y al sistema de justicia.
Se observa un insuficiente conocimiento del Art. 119 del
Código Penal, que fija la sanción establecida para quienes
abusen sexualmente de una persona cuando ésta sea
menor de 13 años o cuando medie violencia, amenaza,
abuso coactivo o intimidatorio de una relación de
dependencia, de autoridad, o de poder. Asimismo, se pudo
relevar insuficiente información relativa a los plazos de
prescripción de los delitos que involucran violencias
sexuales que, luego de la última modificación de 2015,
empiezan a correr cuando la víctima llega a la mayoría de
edad y efectúa la denuncia (los dos requisitos). Entonces si
la víctima decide denunciar a los 30 años en ese instante
empezará a correr el plazo de la prescripción (23).
Sin embargo, debe destacarse una diferencia sustancial
tanto en los registros como en las valoraciones
diagnósticas y en el diseño de las intervenciones de
trabajadoras/es sociales y psiquiatras. En este caso, a
diferencia de psicólogas/os, sí registran rutinariamente la
información vinculada a VS y la consideran en diagnósticos
y estrategias de intervención. Se resalta la mención
realizada por un psiquiatra referida a que conocer estos
antecedentes permite hacer diagnóstico diferencial con
TEPT- Trastorno por Estrés Post Traumático, lo que
coincide con la bibliografía de referencia. Pese a ello,
continúa observándose que lo que podríamos nombrar
como dirección de los acompañamientos e intervenciones
parecería quedar en manos de psicólogos/as. Una TS
entrevistada entiende que "ante situaciones que pueden
requerir del abordaje con otras instituciones o cuestiones
legales, el registro en HC quedaba como en pausa. Por
resguardo de los profesionales. Por el contrario, en casos
en que existe una VS durante la internación (como ocurre
en uno de los casos) o inmediatamente anterior a la
internación, allí sí se acompaña a realizar denuncias. Por lo
general este tipo de intervenciones se realizan desde la
disciplina del TS.
Respecto de la dificultad para acompañar las denuncias,
deben tomarse en consideración los obstáculos
institucionales que señala la abogada entrevistada, pero,
por otro lado, creemos que también se visibiliza cierto tabú
social respecto, por ejemplo, de la naturalización de la
familia en la cultura occidental y lo que sucede cuando
debemos ponerla en cuestión, en el caso de las VS
intrafamiliares (24). Y cómo, tal vez, cierta matriz en los
programas de formación de psicólogos/as y el modo de
tratamiento que podría estarse dando a la noción
singularidad podría operar como obstáculo para la inclusión
de dispositivos especializados en materia de VS (25, 26).
Pudieron observarse diferencias generacionales en las
valoraciones. Así, una psicóloga entrevistada con 18 años
de antigüedad en el servicio y una TS con 3 años de
antigüedad aportan perspectivas y experiencias diferentes
DISCUSIONES
Como parte de las discusiones a retomar se considera
importante dejar planteada la importancia de comenzar a
establecer vinculaciones, como posibles determinaciones
sociales de la salud y de la salud mental, entre las VMG, y en
particular las VS, y los padecimientos mentales. La sensación
de impotencia, vergüenza, miedo continúo a los varones; los
diagnósticos de estrés postraumático, ansiedad, depresión,
consumos problemáticos de sustancias, fibromialgia,
disociaciones graves, entre otras manifestaciones que
diferentes autores han observado en personas que pasaron
por situaciones de violencias sexuales de manera crónica (6,
10), ¿podrían valorarse tomando en cuenta dichos
antecedentes de violencia? Se propone incluirlos como parte
de las probables líneas de intervención, involucrando a las
áreas de género o, de evaluarse necesario, al sistema de
justicia. Bentolila y Toporosi (18) resaltan que tanto los
fenómenos disociativos como los de despersonalización,
que dan cuenta de las alteraciones de la atención y la
conciencia, y se manifiestan en personas que atravesaron
violencias sexuales de manera crónica, son confundidos
muchas veces con síntomas psicóticos y tratados como tales
cuando, en realidad, responden a defensas aprendidas
frente a vivencias crónicas amenazantes.
En el campo de la salud mental, la consideración de las
violencias ha sido focalizada en las violencias institucionales
que fueron documentadas y denunciadas en diferentes
investigaciones realizadas en lugares de internación desde el
enfoque de Derechos Humanos (19). Otra línea que ha sido
visibilizada fue la referida a derechos sexuales,
reproductivos y no reproductivos de mujeres y diversidades
internadas, y consumos problemáticos en mujeres
embarazadas y puérperas (20, 21, 22) que, al mismo tiempo,
ha funcionado como parte de la fundamentación para la
creación del Programa Buenos Aires Libre de Manicomios en
la provincia de Buenos Aires.
relativas a las intervenciones, lo que puede influir en sus
enfoques y prácticas. Se podría inferir una posible relación
entre la antigüedad en el servicio y la experiencia en la
consideración de los antecedentes de VS en las
intervenciones terapéuticas. Profesionales con menor
antigüedad en el servicio, como la TS, podrían tener una
menor experiencia, pero mayor sensibilidad en identificar y
abordar estos antecedentes desde una perspectiva de
géneros e interseccionalidad en comparación con
profesionales con mayor antigüedad. La experiencia
acumulada podría influir negativamente, por las
representaciones sociales previas, en la capacidad para
reconocer estos antecedentes en la atención de la salud
mental de mujeres y diversidades.
Se destaca el modo en que muchas veces se nombra la
categoría de riesgo cierto e inminente como justificación de
la internación, sin describir operacionalmente de qué se
trata dicho riesgo. Se lo nombra, pero no se especifica. Se
propone considerar que estas valoraciones de riesgo no
operacionalizadas podrían estar incluyendo antecedentes
de VS.
Finalmente, se recomienda 1. realizar capacitaciones acerca
de cómo se debe completar la HC conforme a la Ley de
Derechos del Paciente N° 26.529 (16) y sus características
como documento público que involucra obligatoriedad,
cronología, foliado y completud, así como su función de
nexo causal entre lo sucedido y lo narrado con valor de
prueba en un proceso judicial, civil o penal. Ello colaborará
con la inclusión de registros de situaciones de VMG y
contra niños/as y adolescentes en las Historias de Salud
Integradas, iniciativa impulsada por la SSSMCPVAS; 2.
Asimismo, elaborar protocolos para la inclusión de los
antecedentes de VS en las HC y para la realización de las
intervenciones en articulación con los dispositivos en
materia de VMG y con el Sistema de Justicia.
AGRADECIMIENTOS
Alejandra Barcala, Ma. Pía Pawlowicz, Julieta Calmels, Pilar
Tuculet, Carina Lavandeira, Carmen Cáceres, directoras,
directores e integrantes de los equipos interdisciplinarios
entrevistados de los hospitales psiquiátricos en los que
realizamos el trabajo de campo.
A todas las mujeres en cuyas historias nos inspiramos para
poder proponer alternativas de vida no signadas por las
violencias.
Autoras y autores
no manifiestan conflictos de interés.
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Salud Publica 2025 Sept; 4
CONCLUSIÓN
Puede concluirse que una gran mayoría de las personas
entrevistadas aún no cuenta con criterios suficientes para
valorar los antecedentes de VMG y en particular de VS en
personas internadas por motivos de salud mental. Nos
encontramos frente a posibles delitos penales, con la
consecuente necesidad de dar intervención a organismos
especializados en materia de VMG y al sistema de justicia.
Se observa un insuficiente conocimiento del Art. 119 del
Código Penal, que fija la sanción establecida para quienes
abusen sexualmente de una persona cuando ésta sea
menor de 13 años o cuando medie violencia, amenaza,
abuso coactivo o intimidatorio de una relación de
dependencia, de autoridad, o de poder. Asimismo, se pudo
relevar insuficiente información relativa a los plazos de
prescripción de los delitos que involucran violencias
sexuales que, luego de la última modificación de 2015,
empiezan a correr cuando la víctima llega a la mayoría de
edad y efectúa la denuncia (los dos requisitos). Entonces si
la víctima decide denunciar a los 30 años en ese instante
empezará a correr el plazo de la prescripción (23).
Sin embargo, debe destacarse una diferencia sustancial
tanto en los registros como en las valoraciones
diagnósticas y en el diseño de las intervenciones de
trabajadoras/es sociales y psiquiatras. En este caso, a
diferencia de psicólogas/os, sí registran rutinariamente la
información vinculada a VS y la consideran en diagnósticos
y estrategias de intervención. Se resalta la mención
realizada por un psiquiatra referida a que conocer estos
antecedentes permite hacer diagnóstico diferencial con
TEPT- Trastorno por Estrés Post Traumático, lo que
coincide con la bibliografía de referencia. Pese a ello,
continúa observándose que lo que podríamos nombrar
como dirección de los acompañamientos e intervenciones
parecería quedar en manos de psicólogos/as. Una TS
entrevistada entiende que "ante situaciones que pueden
requerir del abordaje con otras instituciones o cuestiones
legales, el registro en HC quedaba como en pausa. Por
resguardo de los profesionales. Por el contrario, en casos
en que existe una VS durante la internación (como ocurre
en uno de los casos) o inmediatamente anterior a la
internación, allí sí se acompaña a realizar denuncias. Por lo
general este tipo de intervenciones se realizan desde la
disciplina del TS.
Respecto de la dificultad para acompañar las denuncias,
deben tomarse en consideración los obstáculos
institucionales que señala la abogada entrevistada, pero,
por otro lado, creemos que también se visibiliza cierto tabú
social respecto, por ejemplo, de la naturalización de la
familia en la cultura occidental y lo que sucede cuando
debemos ponerla en cuestión, en el caso de las VS
intrafamiliares (24). Y cómo, tal vez, cierta matriz en los
programas de formación de psicólogos/as y el modo de
tratamiento que podría estarse dando a la noción
singularidad podría operar como obstáculo para la inclusión
de dispositivos especializados en materia de VS (25, 26).
Pudieron observarse diferencias generacionales en las
valoraciones. Así, una psicóloga entrevistada con 18 años
de antigüedad en el servicio y una TS con 3 años de
antigüedad aportan perspectivas y experiencias diferentes
relativas a las intervenciones, lo que puede influir en sus
enfoques y prácticas. Se podría inferir una posible relación
entre la antigüedad en el servicio y la experiencia en la
consideración de los antecedentes de VS en las
intervenciones terapéuticas. Profesionales con menor
antigüedad en el servicio, como la TS, podrían tener una
menor experiencia, pero mayor sensibilidad en identificar y
abordar estos antecedentes desde una perspectiva de
géneros e interseccionalidad en comparación con
profesionales con mayor antigüedad. La experiencia
acumulada podría influir negativamente, por las
representaciones sociales previas, en la capacidad para
reconocer estos antecedentes en la atención de la salud
mental de mujeres y diversidades.
Se destaca el modo en que muchas veces se nombra la
categoría de riesgo cierto e inminente como justificación de
la internación, sin describir operacionalmente de qué se
trata dicho riesgo. Se lo nombra, pero no se especifica. Se
propone considerar que estas valoraciones de riesgo no
operacionalizadas podrían estar incluyendo antecedentes
de VS.
Finalmente, se recomienda 1. realizar capacitaciones acerca
de cómo se debe completar la HC conforme a la Ley de
Derechos del Paciente N° 26.529 (16) y sus características
como documento público que involucra obligatoriedad,
cronología, foliado y completud, así como su función de
nexo causal entre lo sucedido y lo narrado con valor de
prueba en un proceso judicial, civil o penal. Ello colaborará
con la inclusión de registros de situaciones de VMG y
contra niños/as y adolescentes en las Historias de Salud
Integradas, iniciativa impulsada por la SSSMCPVAS; 2.
Asimismo, elaborar protocolos para la inclusión de los
antecedentes de VS en las HC y para la realización de las
intervenciones en articulación con los dispositivos en
materia de VMG y con el Sistema de Justicia.
AGRADECIMIENTOS
Alejandra Barcala, Ma. Pía Pawlowicz, Julieta Calmels, Pilar
Tuculet, Carina Lavandeira, Carmen Cáceres, directoras,
directores e integrantes de los equipos interdisciplinarios
entrevistados de los hospitales psiquiátricos en los que
realizamos el trabajo de campo.
A todas las mujeres en cuyas historias nos inspiramos para
poder proponer alternativas de vida no signadas por las
violencias.
Autoras y autores
no manifiestan conflictos de interés.
Salud Publica 2025 Sept; 4
Artículo original AO
SALUD
REVISTA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RB
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Artículo original AO
SALUD
REVISTA DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Salud Publica 2025 Sept; 4
Cómo citar este artículo:
Amendolaro R, Percovich N, Osella N, Alberti P. La inclusión de los antecedentes de violencia sexual en las e1strategias terapéuticas de
mujeres y diversidades internadas por motivos de salud mental: estudio exploratorio en hospitales monovalentes de la Provincia de
Buenos Aires. Salud Publica [Internet]. 2025 Sept [fecha de consulta]; 4. Disponible en: URL del artículo.